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INFO FAMILIAS

 CURSO 2024-2025 

TUTORÍAS y COORDINACIONES  

ED. INFANTIL (1º CICLO) 

 
1 AÑO INMACULADA SALMERÓN / ESTEFANÍA GARCÍA LEONOR SÁNCHEZ/EVA ESCARABAJAL 
2 AÑOS ELENA SORIANO / SANDRA LÓPEZ GOYI JIMÉNEZ / ISABEL OLIVARES SANDRA SAAVEDRA / Mª. JOSÉ GARCÍA  LORENA POLLI (COO) / CRISTINA ESTÉVANEZ 

ED. INFANTIL (2º CICLO) 

 INGLÉS 
3 AÑOS PEPI MORENO (COO) LAURA GÓMEZ PILAR INFANTE SANDRA GARCÍA Allende Martínez / Laura     
4 AÑOS ANA M. RODRÍGUEZ ROCÍO SÁNCHEZ GEMMA FDEZ. PATRCIA LAS 
5 AÑOS JUANI POLLI TERESA MARÍN LAURA PALOMO LORENA LUQUE 

ED. PRIMARIA 

 A B C D 
 ROCÍO ALONSO Mª. ÁNGELES SÁNCHEZ CORAL SÁEZ CONCHI VILLAR 
 JOSE L. FERNÁNDEZ MARIVÍ MÁRQUEZ  Mª. MAR NAVARRO (COO) ELISA LEÓN 
 SANDRA BELMONTE MAVI MOTA MERCEDES MIZZI FERNANDO OLIVARES 
 MARÍA NARANJO VIRGINIA OLIVARES VANESSA SAAVEDRA (COO) GEMA GONZÁLEZ 
 SILVIA DOMÍNGUEZ ÓSCAR SÁNCHEZ (COO) ALEJANDRO AGUILAR JORGE SÁNCHEZ 
 JOSÉ J. RUBIO YASSINE EL FOUNTI MERCEDES VILLAR BEATRIZ ESPIGARES 

ORIENTADORA: BEATRIZ PÉREZ NAVARRO 

P.T. →  ROCÍO RODRÍGUEZ, ESTER RAMIREZ, CAROLINA ESPIGARES Y JOSÉ M. PINA 

A.L. → MÓNICA OLIVARES, JOSÉ ÁNGEL GONZÁLEZ, ELENA GUIJO Y ANDRÉS J. MORA 

INGLÉS→  CARLOS LLERANDI, Mª. JOSÉ MORENO, Mª JESÚS RODRÍGUEZ, ELOISA DÍAZ, TANIA ALONSO Y CORAL SÁEZ  

FRANCÉS → JOSÉ LUIS SÁNCHEZ, ANTONIO LAS, YOLANDA GONZÁLEZ 

NORMAS GENERALES DEL CENTRO 

Información para las familias 

  1. Horario lectivo. 

· Educación Infantil Ciclo 1º => de 8:00 a 15:00 h. (horario general). 

· Educación Infantil Ciclo 2º y Educación Primaria: 

  1. Durante los meses de septiembre y junio, de 9:00 a 13:00 h. 
  1. El resto del curso, de 9:00 a 14:00 h. 

2. Uniforme. 

El uso del uniforme escolar (incluidas las prendas deportivas) será OBLIGATORIO durante todo el curso escolar. 

3. Retrasos 

· Se requiere puntualidad para poder iniciar la actividad docente normalmente. Piense que el incumplimiento de la norma perjudica a la mayoría y al orden de la clase. 

· El alumnado debe presentar justificación de los retrasos. 

· La reiteración de los retrasos que no sean por causas médicas, los justificarán las familias directamente al Equipo Directivo. 

4. Tutoría. 

· Podrá realizarse online o presencial a través de cita previa disponible en nuestra página web. 

· La franja horaria será los martes de 14:00 a 15:00 h. 

5. Comunicaciones. 

· Todas las comunicaciones del Centro a las familias se realizarán por vía electrónica. 

· Las familias deberán darse de alta en el S.I.M.E.S. (Sistema de Información por email Enrique Soler) para recibir las noticias y avisos que el Centro envíe oportunamente. Para acceder al formulario de alta, deberán hacer click sobre el enlace RECIBA NUESTRAS NOTICIAS que se encuentra en la página principal del colegio (www.colegioenriquesoler.com). De los más relevantes, quedará constancia en el TABLÓN DE ANUNCIOS del edificio de Educación Primaria. 

6. Las NCOF (Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro) se encuentran disponibles en la página web del Centro, apartado “Secretaría”

7. Salida anticipada del alumnado. 

Tanto si desde el Centro le comunicamos que por enfermedad o indisposición tiene que venir a recoger a su hijo/a o bien si Vd. viene a recogerlo/a por otro motivo (consultas médicas, viajes…) deberán tener en cuenta lo siguiente: 

EDUCACIÓN INFANTIL CICLO 1º: Deberá acudir directamente al edificio de Educación Infantil Ciclo 1º y llamar al timbre. Tras informar sobre el motivo de la salida anticipada, deberá rellenar el formulario de recogida y seguidamente le entregarán a su hijo/a. 

EDUCACIÓN INFANTIL CICLO 2º: Deberá acudir a la Recepción del Centro (ubicado en el edificio de Primaria) donde le facilitarán el formulario de “Recogida anticipada del alumnado” que tendrá que rellenar como requisito obligatorio. A continuación, se avisará a la Tutora de su hijo/a y podrá acceder al edificio de Ed. Infantil Ciclo 2º donde recogerá a su hijo/a. Para su comodidad, puede descargar el archivo desde la página web del Centro (apartado “Padres”) y traerlo ya cumplimentado. 

EDUCACIÓN PRIMARIA: Deberá acudir a la Recepción del Centro (ubicado en el edificio de Primaria) donde le facilitarán el formulario de “Recogida anticipada del alumnado” que tendrá que rellenar como requisito obligatorio. A continuación, avisaremos al alumno/a para que baje. 

8. Protocolo de acceso al Centro. 

· Las familias del alumnado de Educación Infantil (ambos Ciclos) accederán al Centro para dejar y recoger a sus hijos/as por la puerta de acceso que corresponda con sus edificios. Sólo podrá acceder un miembro de la familia con el menor. 

· El alumnado de 1º, 2º y 3º de Educación Primaria entrará y saldrá por la rampa de acceso a los patios. Sólo para la salida de los cursos 1º y 2º, un miembro de la familia accederá al patio para recoger al alumno/a. Para el alumnado de 3º deberá recogerlo en la salida por el exterior de la rampa del Centro. 

· El alumnado de 4º, 5º y 6º de Educación Primaria entrará y saldrá por la puerta principal de acceso al edificio de Primaria. Las familias deberán permanecer en el exterior de la misma. 

· Les rogamos puntualidad. 

9. Hora de salida del Centro. 

Las familias que de forma reincidente no recojan a sus hijos con puntualidad serán denunciadas por parte de la Dirección del Centro a las autoridades competentes; por cuyo motivo es imprescindible unos teléfonos de contacto operativos y actualizados, así como que las familias comuniquen los imprevistos de última hora. 

10. Apertura de accesos al Centro. 

· Las puertas de acceso al Centro se abrirán a las 8:50 h. para la entrada del alumnado y se cerrarán a las 9:05 h. 

· Para la salida de Educación Infantil Ciclo 2º, las puertas se abrirán 10 minutos antes de la hora de salida. 

· Las familias que vengan a recoger a sus hijos de 1º y 2º de Educación Primaria sólo podrán acceder al patio una vez que estén todos los grupos formados en el patio. 

· Una vez finalizada la jornada escolar, todas las puertas se cerrarán 10 minutos después. 

· Quedan terminantemente prohibidas las visitas de las familias fuera de la hora de Tutoría. 

· Para acceder al interior de cualquier edificio, debe contactar previamente con el personal del Centro. 

· El horario de atención al público (para Secretaría, Equipo Directivo, Orientadora, Tutorías) se encuentra expuesto en la página web del Centro y en las puertas de acceso al Centro. 

Esperando su comprensión y cumplimiento, por la seguridad de sus hijos e hijas y del buen funcionamiento del Centro, les saluda atentamente, 

  • EL DIRECTOR – 

Í N D I C E 

1.- INTRODUCCIÓN. 

2.- MARCO LEGAL. 

3.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS. 

4.- PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN. 

4.1.- De las normas generales del Centro. 

4.1.1.- Elaboración. 

4.1.2.- Aplicación. 

4.1.3.- Revisión. 

4.2.- De las normas generales del aula. 

4.2.1.- Criterios a tener en cuenta para la elaboración de las normas de aula. 

4.2.2.- Elementos básicos que deben incorporar las normas. 

4.2.3.- Procedimiento de elaboración: fases. 

4.2.4.- Responsables. 

CAPÍTULO 1º: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO 

5.- ÓRGANOS DE GOBIERNO. 

5.1.- El Equipo Directivo. 

5.1.1.- El Director/a. 

5.1.2.- El Jefe/a de Estudios. 

5.1.3.- El Secretario/a. 

5.2.- El Consejo Escolar. 

5.2.1.- Composición. 

5.2.2.- Competencias. 

5.2.3.- Comisión de absentismo. 

5.2.4.- Comisión de convivencia. 

5.3.- El Claustro del profesorado. 

6.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE. 

6.1.- Equipos de Ciclo. 

6.2.- Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP). 

6.3.- Tutores. 

6.4.- Otros responsables. 

6.4.1.- Responsable del uso de las Técnicas de la Información y la comunicación (T.I.C.) / Coordinador/a de la Competencia Digital Educativa del Centro. 

6.4.2.- Responsable de la Biblioteca del Centro. 

6.4.3.- Responsable de audiovisuales. 

6.4.4.- Responsable de actividades culturales. 

6.4.5.- Responsable de actividades deportivas. 

6.4.6.- Responsable/s de la Prevención de Riesgos Laborales. 

6.4.7.- Responsable/s del Plan de Calidad. 

CAPÍTULO 2º: MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. DERECHOS Y DEBERES 

7.- ALUMNADO. 

7.1.- Derechos del alumnado. 

7.2.- Deberes del alumnado. 

7.3.- Asistencia del alumnado a clase. Entradas y salidas. 

8.- PROFESORADO. 

8.1.- Derechos del profesorado. 

8.2.- Deberes del profesorado. 

8.3.- Servicios mínimos. 

9.- FAMILIAS. 

9.1.- Derechos de las familias. 

9.2.- Deberes de las familias. 

10.- PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS. 

10.1.- Derechos del personal de administración y servicios. 

10.2.- Deberes del personal de administración y servicios. 

10.3.- Conserjes. Funciones. 

10.4.- Personal de Administración. Funciones. 

10.5.- Personal de limpieza. Funciones. 

10.6.- Personal del Comedor Escolar. Funciones. 

CAPÍTULO 3º: ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CENTRO 

11.- NORMAS GENERALES. 

11.1.- Entradas y salidas del Centro. 

11.2.- Comportamiento general en el Centro. 

11.3.- Comportamiento en clase. 

11.4.- Comportamiento en los recreos. 

11.5.- Cuidado y limpieza del colegio. 

11.6.- Aspectos sanitarios. 

12.- NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. 

12.1.- Organización de los espacios y recursos. 

12.1.1.- Utilización de aulas. 

12.1.2.- Utilización de la Biblioteca del Centro. 

12.1.3.- Salón de Actos múltiples. 

12.1.4.- Secretaría. 

12.1.5.- Utilización del aula de Informática. 

12.1.6.- Utilización del gimnasio, pistas deportivas y/o material deportivo. 

12.1.7.- Utilización de medios audiovisuales. 

12.1.8.- Utilización de medios informáticos. 

12.1.9.- Fotocopias. 

12.1.10.- Teléfonos. 

12.1.11.- Impresoras en red. 

12.2.- Información a los miembros de la comunidad educativa. 

12.2.1.- Información al profesorado. 

12.2.2.- Información al alumnado y a las familias. 

12.2.3.- Información al personal de administración y servicios. 

12.3.- Actividades extraescolares y complementarias. 

12.4.- Normas de seguridad. 

CAPÍTULO 4º: NORMAS DE CONVIVENCIA 

13.- DISPOSICIONES GENERALES. 

14.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL     CENTRO. 

15.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO. 

16.- PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. 

16.1.- Ámbito de aplicación. 

16.2.- Principios de la mediación escolar. 

16.3.- Proceso de mediación. 

16.4.- Equipos de mediación. 

16.5.- Los Tutores Afectivos. 

1.- INTRODUCCIÓN 

Las presentes Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF) del Centro están basadas en el respeto a los derechos  y en el cumplimiento de las obligaciones de todos los componentes de la comunidad educativa. 

Han sido elaboradas por el Equipo Directivo con las aportaciones realizadas por la comunidad educativa. 

Estas Normas tienen que ser lo más claras posibles, por ello no se debe desarrollar un documento lejano a su cumplimiento y sí unas Normas que impliquen a todos los miembros de la comunidad educativa en la vida del Centro y que, a su vez, sirvan para facilitar un ambiente productivo de trabajo para satisfacción de todos y cada uno de sus miembros. 

2.- MARCO LEGAL 

Se ha procedido a la elaboración de las NCOF, recogiendo en ellas las normas que, de acuerdo con la Constitución, suponen la garantía de los derechos y la exigencia en el cumplimiento de los deberes por los que han de regirse los miembros de la comunidad educativa: personal docente, alumnado, familias del alumnado y personal de administración y servicios. 

La actividad educativa deberá atender a fines tales como el pleno desarrollo de la personalidad del alumno, su formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, entre otros. 

Fundamentalmente, la base legal a la que hemos hecho referencia es la siguiente: 

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 04/05/2006). 
  • Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros (BOE de 02/06/1995). 

Cuando se haga referencia a otra legislación, se indicará. 

3.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS 

Este Centro educativo se funda en el derecho natural de toda persona a ser educada y a disponer de los medios necesarios para su educación, de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos (en su artículo 26) y de la Constitución Española (en su artículo 27). 

Este Centro se define ante sí mismo y ante la sociedad de acuerdo con los siguientes principios: 

  1. Este Centro educativo se sitúa en el marco de un claro pluralismo de opciones educativas en el seno de la sociedad, y se ofrece como medio real que facilite la libertad de los progenitores y de cualquier grupo humano para la educación. 
  1. Su objetivo educativo fundamental es el servicio al desarrollo integral de la persona en sus dimensiones psicofísicas, afectivas, intelectuales y morales. 
  1. Su Proyecto Educativo global, sus estructuras y la organización del trabajo escolar estarán dirigidos a conseguir este objetivo fundamental. 
  1. Este Centro educativo, a los fines previstos en la legislación actual o disposiciones que la complementen, y, en general, a todos los efectos legales de cualquier rango civil externos o internos del Centro, en uso del Derecho Constitucional de libertad religiosa, se declara ACONFESIONAL LAICO. 
  1. Este Centro educativo se identifica con el medio social en el que se encuentra inmerso dentro del Estado y de la Comunidad local. Por ello, se compromete en una educación para la libertad y responsable, y para la participación desinteresada en la construcción de una sociedad libre, pluralista y democrática. 
  1. Este Centro Educativo reconoce que una de sus principales funciones es la de transmitir valores y culturas aptas para situarse en el mundo de hoy. Pero, al mismo tiempo, ha de desarrollar en el alumnado una actitud crítica ante estos valores y esta cultura a fin de que preparen dinámica y auténticamente al hombre/mujer del futuro. 
  1. El estilo educativo de este Centro tendrá en cuenta la dimensión individual y social del alumnado. 

4.- PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN 

4.1.- De las normas generales del Centro. 

4.1.1.- Elaboración. 

El procedimiento para la elaboración de las NCOF del Centro será: 

  1. El Equipo Directivo elabora un borrador. 
  1. Este se presenta a toda la comunidad educativa del Centro a través de sus representantes en el Consejo Escolar del Centro y además a la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP). 
  1. Se fija un plazo para la presentación de propuestas de modificación. 
  1. Se informa a la comunidad educativa del Centro tanto del borrador como de las propuestas presentadas a través de sus representantes, debatiendo su contenido y recabando las opiniones. 
  1. Finalmente, el Consejo Escolar aprueba el texto definitivo de las NCOF por mayoría de sus componentes. 

4.1.2.- Aplicación. 

  1. Estas Normas afectan a todos los miembros de la comunidad educativa. 
  1. Son de obligado cumplimiento para todos sus miembros. 
  1. Todas las personas que colaboren o participen en las actividades del Centro deberán, asimismo, seguir estas Normas. 
  1. Estas Normas se aplican en todo el espacio físico que abarca el recinto escolar, en todos aquellos que se deriven de las responsabilidades y actividades fuera del Centro y cuando concurren circunstancias que afecten a la convivencia en el mismo. 
  1. La validez de estas Normas permanecerá hasta la aprobación de otras que las sustituyan. 
  1. La Dirección y la Presidencia de la Cooperativa velarán por el cumplimiento de estas Normas. 

4.1.3.- Revisión. 

Las NCOF podrán ser modificadas con las siguientes condiciones: 

  1. La propuesta de modificación debe partir de un miembro de la comunidad educativa del Centro. Dicha propuesta será presentada y justificada por escrito a la Dirección del Centro. 
  1. Será debatida en cada uno de los estamentos del Centro. 
  1. Finalmente deberá ser aprobada en el Consejo Escolar por mayoría de dos tercios. 
  1. El Consejo Escolar determinará el momento de la entrada en vigor de dichas modificaciones. 

4.2.- De las normas generales del aula. 

4.2.1.- Criterios a tener en cuenta para la elaboración de las normas de aula: 

  1. Deben ser claras y concretas. 
  1. Enunciadas en positivo. 
  1. Que sean realistas y fáciles de cumplir. 
  1. Que sean justas y comprensibles (que se entienda su sentido, su razón de ser). 
  1. No excesivas en número (alrededor de diez). 
  1. No pueden ir contra las normas generales del Centro o contra otras de rango superior. 
  1. Deben estar asociadas a sanciones y correcciones. 

4.2.2.- Elementos básicos que deben incorporar las normas. 

Las normas deben estar articuladas en torno a cuatro ejes básicos: 

  1. Conservación del Centro y sus materiales. 
  1. Relaciones personales. 
  1. Responsabilidad y participación en la vida del Centro. 
  1. Clima de trabajo en el aula. 

4.2.3.- Procedimiento de elaboración: Fases fundamentales. 

Las normas se elaborarán en reuniones de Coordinación (bien a nivel de Ciclo o por Niveles). Cada grupo-clase tendrá sus normas (semejantes por Ciclo o por Nivel), tendrán vigencia durante todo el curso académico y tendrán en cuenta las características del alumnado y el clima de la clase. Colaborarán en su diseño los Tutores, el Equipo docente, el Orientador/a del Centro y la Jefatura de Estudios. Tras su exposición, se debatirán en pequeño o gran grupo y posterior análisis de casos. 

Secuenciación de fases: 

1ª. Sensibilización y toma de conciencia. 

En un primer momento se pretende sensibilizar y concienciar al alumnado de la necesidad de tener unas normas en clase, como en cualquier grupo; abordar el concepto de norma y su importancia en las relaciones interpersonales; y buscar la reflexión sobre los objetivos como clase, así como sobre los derechos y los deberes del alumnado y del profesorado. 

2ª. Producción de normas. 

En esta fase el Tutor/a expone las normas. El alumnado analiza y reflexiona acerca de los problemas de disciplina, el clima del aula y la normativa. Se proponen las normas que se consideren más adecuadas y las consecuencias asociadas a su incumplimiento. 

3ª. Negociación y consenso. 

En esta fase se debe llegar a un pacto, fruto del consenso, en el que se acuerden, de entre las normas formuladas, las que se consideren adecuadas por parte de todo el profesorado que imparte clase en el grupo y por el alumnado. 

4ª. Aplicación y seguimiento. 

Es necesario hacer un seguimiento y evaluación de la aplicación de las normas. No tiene sentido mantener unas normas imposibles de cumplir o que no responden a la problemática del aula. 

Este seguimiento se realizará en el aula (Tutor/a con alumnos), en las reuniones de Coordinación y en la CCP. 

En esta fase también se debe considerar la difusión de las normas tanto al equipo docente como a las familias que desde casa apoyen en su cumplimiento. 

4.2.4.- Responsables. 

· Sensibilización: Tutores, Equipo Directivo. 

· Elaboración: alumnado, Tutores, Jefatura de Estudios, Orientador/a. 

· Negociación: alumnado, Tutores, Equipo Docente. 

· Aplicación y seguimiento: alumnado, Tutores, Equipo Docente, Equipo Directivo, Orientador/a y familias. 

CAPÍTULO 1º: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO 

5.- ÓRGANOS DE GOBIERNO 

Los órganos de gobierno del Centro velarán para que las actividades de éste se desarrollen de acuerdo con los principios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de los fines de la educación, establecidos en las leyes y en las disposiciones vigentes, y por la calidad de la enseñanza. 

Además, los órganos de gobierno del Centro garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos reconocidos al alumnado, profesorado, familias de alumnos y personal de administración y servicios, y velarán por el cumplimiento de los deberes correspondientes. Asimismo, favorecerán la participación efectiva de todos los miembros de la comunidad educativa en la vida del Centro, en su gestión y en su evaluación. 

Los órganos de gobierno del Centro, atendiendo a la legalidad vigente, son: 

· El Consejo Escolar. 

· El Claustro del profesorado. 

El Equipo Directivo constituye el órgano ejecutivo de gobierno.  

5.1.- El Equipo Directivo. 

Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones que, entre otras (ver R.D. 82/1996 de 26/01/96 y BOE de 20/02/1996), son las siguientes: 

  1. Velar por el buen funcionamiento del Centro. 
  1. Estudiar y presentar al Claustro y Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del Centro. 
  1. Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del Centro y colaborar en las evaluaciones externas de su funcionamiento. 
  1. Proponer a la comunidad escolar actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y mejoren la convivencia del Centro. 

El Equipo Directivo podrá invitar a sus reuniones, con carácter consultivo, a cualquier miembro de la comunidad educativa que crea conveniente. 

El Equipo Directivo está formado por el Director/a, el Jefe/a de Estudios y el Secretario/a. 

Para la designación, elección, nombramiento, cese, sustitución y suplencia de los miembros del Equipo Directivo, hay que referirse a la legislación vigente. 

5.1.1.- El Director/a (según Ley Orgánica de Educación 8/1985 de 3 de julio, art. 54 – 2º). 

a) Representar, en el ámbito pedagógico, al Centro. 

b) Dirigir y coordinar todas las actividades educativas del Centro de acuerdo con     las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las funciones del Consejo Escolar. 

c) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. 

d) Ejercer la jefatura del personal docente. 

  1. Favorecer la convivencia en el Centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar. 
  1. Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de sus facultades. 
  1. Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del Centro. 
  1. Asignar y cesar a los miembros del Equipo Directivo, Coordinadores de Ciclo y responsables de tareas. 
  1. Visar las certificaciones y documentos académicos del Centro. 
  1. Impulsar la colaboración con las familias, las instituciones y organismos que faciliten la relación del Centro con el entorno. 

5.1.2.- El Jefe/a de Estudios

Algunas de sus competencias son: 

  1. Ejercer, por delegación del Director/a y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico. 
  1. Sustituir al Director/a en caso de ausencia o enfermedad. 
  1. Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de docentes y alumnado y, además, velar por su ejecución. 
  1. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos del alumnado y docentes, así como velar por su estricto cumplimiento. 
  1. Coordinar las tareas de los Equipos de Ciclo. 
  1. Coordinar y dirigir la acción de los Tutores y, en su caso, del Orientador/a del Centro. 
  1. Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización. 
  1. Favorecer la convivencia en el Centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes. 
  1. Organizar la atención y cuidado del alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas. 

5.1.3.- El Secretario/a (según R.D. 82/1996 de 26/01/96). 

Algunas de sus competencias son: 

  1. Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director/a. 
  1. Actuar como secretario/a de los órganos colegiados de gobierno del Centro y levantar acta de las sesiones. 
  1. Custodiar los libros y archivos del Centro. 
  1. Expedir las certificaciones e informes que soliciten las autoridades y los interesados. 
  1. Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado. 
  1. Ejercer, por delegación del Director/a y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración adscrito al Centro. 
  1. Velar por el mantenimiento material del Centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director/a. 
  1. Sustituir al Jefe/a de Estudios en caso de ausencia o enfermedad. 

5.2.- El Consejo Escolar. 

El Consejo Escolar es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. 

5.2.1.- Composición (Disposición final primera – 9. Ley Orgánica de Educación 3/2020 de 29 de diciembre): 

· El Director/a. 

· Tres representantes de la Titularidad del Centro. 

· Cuatro representantes del profesorado. 

· Cuatro representantes de las familias del alumnado, elegidos por y entre ellos. 

· Un/a representante del personal de administración y servicios. 

· Un/a representante del Ayuntamiento. 

5.2.2.- Competencias. 

Entre otras (ver LOE 3/2020 de 29 de diciembre y L.O. 8/1985, de 3 de julio), son las siguientes: 

  1. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el Director/a corresponden a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del Centro, el Consejo Escolar, a instancia de las familias, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. 
  1. Aprobar, a propuesta de la Titularidad, el presupuesto del Centro en lo que se refiere tanto a los fondos provenientes de la administración como a las cantidades autorizadas, así como a la rendición anual de cuentas. 
  1. Aprobar y evaluar la PGA que con carácter anual elaborará el Equipo Directivo. 
  1. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el Centro, la igualdad entre hombres y mujeres, y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. 
  1. Participar en el proceso de admisión del alumnado, garantizando la sujeción a las normas sobre el mismo. 
  1. Supervisar la marcha general del Centro en los aspectos administrativos y docentes. 

Para la elección, la renovación y el régimen de funcionamiento del Consejo Escolar ver legislación vigente. 

Asimismo, el Consejo Escolar podrá constituir Comisiones para asuntos específicos en la forma y con las competencias aprobadas en Consejo Escolar. 

5.2.3.- Comisión de absentismo. 

Composición: 

· Jefatura de Estudios. 

· Un docente del Centro representante en el Consejo Escolar. 

· Un representante de las familias del Consejo Escolar. 

· El Orientador/a del EOEP. 

· El/la PTSC. 

Funciones: 

a) Detección del absentismo escolar. 

b) Establecimiento del protocolo de actuación: medidas preventivas; informe del         Tutor/a a la familia; de persistir, informe a Jefatura de Estudios, quien informará a la familia; de persistir, intervención del P.T.S.C.; de persistir, informe a la Comisión Local de Absentismo. 

Reuniones: 

a) Ordinarias: una vez al mes, para evaluar e informar de las actuaciones realizadas y cuantas iniciativas se lleven a cabo. 

b) Extraordinarias: siempre que el asunto a tratar así lo requiera. 

c) Serán convocadas por la Dirección, la Jefatura de Estudios, por mandato del Consejo Escolar o de un tercio de sus miembros. 

d) Levantará acta el miembro más joven de la comisión. 

Sistema de información de sus decisiones: 

· Al Consejo Escolar en la inmediata reunión de esta. 

· A la C.C.P. en la inmediata reunión de esta. 

· A los Tutores del alumnado absentista durante el proceso. 

5.2.4.- Comisión de convivencia. 

Composición: 

· El Director/a. 

· El Jefe/a de Estudios. 

· Un docente del Centro representante en el Consejo Escolar. 

· Un representante de las familias del Consejo Escolar. 

Funciones: 

  1. Promover al Consejo Escolar medidas e iniciativas que contribuyan a la creación de un clima de convivencia favorable en el Centro para todos los sectores de la comunidad educativa. 
  1. Velar porque las sanciones impuestas se atengan a la normativa vigente. 
  1. Velar por la coherencia entre la aplicación de las normas y la resolución de los conflictos. 
  1. Establecimiento del protocolo de actuación: información al Tutor/a; si procede, a Jefatura de Estudios; si procede, a la Dirección. 

Reuniones: 

  1. Ordinarias: una vez al mes, para evaluar e informar de las actuaciones realizadas y cuantas iniciativas se lleven a cabo. 
  1. Extraordinarias: siempre que el asunto a tratar así lo requiera. 
  1. Serán convocadas por la Dirección, la Jefatura de Estudios, por mandato del Consejo Escolar o de un tercio de sus miembros. 
  1. Levantará acta el miembro más joven de la Comisión. 

Sistema de información de sus decisiones: 

· Al Consejo Escolar en la inmediata reunión de esta. 

· A la CCP en la inmediata reunión de esta. 

· A las personas afectadas. 

· A la Titularidad del Centro, en su caso. 

5.3.- El Claustro del profesorado. 

El Claustro del profesorado es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del Centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del Centro. 

El Claustro será presidido por el Director/a y estará integrado por la totalidad del personal docente que preste servicio en el Centro. 

El Claustro será convocado por el Director/a o cuando lo soliciten al menos un tercio de sus miembros. 

Es preceptivo una sesión de Claustro al principio del Curso y otra al final del mismo. 

La asistencia a las sesiones del Claustro es obligatoria para todos sus miembros. 

Sus funciones son análogas a las previstas en el artículo 129 de la LOE y, entre otras, son las siguientes: 

  1. Formular al Equipo Directivo y al Consejo Escolar, a través de sus representantes, propuestas para la elaboración de los proyectos del Centro y de la PGA. 
  1. Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la PGA. 
  1. Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del Centro. 
  1. Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del Centro. 
  1. Analizar y valorar el funcionamiento general del Centro, la evaluación del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el Centro. 
  1. Informar sobre las NCOF. 
  1. Promover medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el Centro. 
  1. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas NCOF. 

6.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 

(según R.D. 82/1996, de 26 de enero) 

6.1.- Equipos de Ciclo. 

Los Equipos de Ciclo, que agruparán a todos los docentes que impartan docencia en él, son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar, bajo la supervisión de la Jefatura de Estudios, las enseñanzas propias del Ciclo. 

Los Equipos de Ciclo formularán propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas al Proyecto Educativo y a la PGA, así como a la CCP en la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa; mantendrán actualizada la metodología didáctica; y organizarán y realizarán las actividades complementarias y extraescolares. 

Cada uno de los Equipos de Ciclo estará dirigido por un Coordinador/a, que será designado por la Dirección cada curso académico. Sus funciones serán las de coordinar las propuestas descritas en el apartado anterior, coordinar las funciones de Tutoría del alumnado del Centro y el proceso de evaluación del alumnado, conocer y participar en la elaboración de la información que se proporcione a las familias en su Ciclo, y aquellas otras funciones que le encomiende la Jefatura de Estudios en su área de competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias. 

6.2.- Comisión de Coordinación Pedagógica (C.C.P.). 

La C.C.P. está integrada por el Director/a, el Jefe/a de Estudios, los Coordinadores de Ciclo, el Orientador/a y el Coordinador/a de Competencia Digital Educativa. Actuará como secretario/a el docente de menor edad. 

Su misión será coordinar, elaborar y supervisar todos los asuntos relacionados con los proyectos y las actividades didácticas del Centro, y hacer las propuestas correspondientes al Claustro. Sus competencias aparecen reflejadas en el artículo 44. 

6.3.- Tutores. 

Cada grupo de alumnos tendrá un docente-tutor/a que será designado por la Dirección, a propuesta de la Jefatura de Estudios. Se procurará que no sea un docente especialista, que imparta el mayor número de sesiones con su grupo, y que inicie y concluya el Ciclo completo con el grupo. 

La Jefatura de Estudios coordinará el trabajo de los Tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial. 

Algunas de sus funciones serán (ver artículo 46): 

  1. Participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios. Para ello podrá contar con la colaboración del Orientador/a. 
  1. Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción del alumnado de un Ciclo a otro, previa audiencia de sus tutores legales. 
  1. Atender a las dificultades de aprendizaje del alumnado, para proceder a la adecuación personal del currículo. 
  1. Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Centro. 
  1. Orientar y asesorar al alumnado sobre sus posibilidades educativas. 
  1. Colaborar con el Orientador/a en los términos que establezca la Jefatura de Estudios. 
  1. Encauzar los problemas e inquietudes del alumnado, e intentar resolverlos. 
  1. Informar a las familias, docentes y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico. 
  1. Facilitar la cooperación educativa entre los docentes y las familias del alumnado. 
  1. Atender y cuidar, junto a otros docentes del Centro, al alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades, según establezca la Jefatura de Estudios. 
  1. Informar a su grupo sobre la estructura, normativa y servicios del Centro, dedicando especial interés al conocimiento y cumplimiento de las normas de convivencia. 
  1. Controlar la asistencia del alumnado de su grupo, y, en caso de ausencias destacables, comunicarlo a sus familias y a Jefatura de Estudios. 
  1. Entregar a las familias, al finalizar cada trimestre, un informe de evaluación que les permite conocer el desarrollo del proceso de aprendizaje de sus hijos. Esta información, por su carácter privado, ha de ser entregada de forma individual. Su contenido y formato es aprobado por el Claustro. 
  1. Registrar diariamente, siguiendo la Plataforma autorizada por la Dirección Provincial de Educación, los datos relativos a la asistencia de su alumnado. 

6.4.- Otros responsables. 

6.4.1.- Responsable del uso de las Técnicas de la Información y la Comunicación (T.I.C.) / Coordinador/a de la Competencia Digital Educativa del Centro (C.C.D.E.). 

Será designado por la Dirección y tendrá como funciones: 

  1. Asesorar en lo relativo a la integración de las T.I.C., como Coordinador/a de la Competencia Digital Educativa del Centro, en la práctica educativa y colaborar en los programas de formación en centros. 
  1. Coordinar las actividades del aula de Informática y poner los recursos disponibles al servicio de toda la comunidad educativa. 
  1. Colaborar en la gestión y mantenimiento de los recursos disponibles y en la adquisición de materiales. 

6.4.2.- Responsable de la Biblioteca del Centro. 

Será designado por la Dirección y tendrá como funciones: 

  1. Organizar el fondo de la Biblioteca del Centro. 
  1. Controlar todo el material de la Biblioteca y mantener el inventario actualizado a disposición del profesorado y del alumnado (a ser posible, informatizado). 
  1. Llevar a cabo el sistema de préstamo, caso de que lo hubiera, así como su horario. 
  1. Colaborar en la organización y la realización de actividades de animación a la lectura con grupos de alumnos. 
  1. Ordenar y ornamentar la Biblioteca. 

6.4.3.- Responsable de audiovisuales. 

Será designado por la Dirección y tendrá como funciones: 

  1. Organizar el material audiovisual del Centro. 
  1. Controlar todo el material audiovisual y mantener el inventario actualizado a disposición del profesorado y del alumnado (a ser posible, informatizado). 
  1. Llevar a cabo el sistema de pedidos así como el horario. 

6.4.4.- Responsable de actividades culturales. 

Será designado por la Dirección y tendrá como funciones: 

  1. Organizar y colaborar en las actividades culturales del Centro. 
  1. Controlar y coordinar su desarrollo. 
  1. Dinamizar la participación de toda la comunidad educativa. 

6.4.5.- Responsable de actividades deportivas. 

Será designado por la Dirección y tendrá como funciones: 

  1. Organizar y colaborar en las actividades deportivas del Centro. 
  1. Controlar y coordinar su desarrollo. 
  1. Dinamizar la participación de toda la comunidad educativa. 

6.4.6.- Responsable/s de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL). 

Será/n designado/s por la Dirección, a propuesta de la Titularidad del Centro, y tendrá/n como funciones: 

  1. Comunicar a la Dirección del Centro la presencia de factores, agentes o situaciones que pueden suponer un riesgo relevante para la seguridad y salud en el trabajo. 
  1. Colaborar con el personal técnico de la Administración en esta tarea. 
  1. Elaborar y coordinar la implantación, mantenimiento y revisión periódica de las medidas de emergencia y del Plan de Evacuación del Centro. 
  1. Colaborar con la Dirección del Centro en la realización de simulacros de evacuación, coordinando las actuaciones de las ayudas externas. 
  1. Coordinar las actividades de información y formación dirigidas a toda la comunidad educativa del Centro. 

6.4.7.- Responsable/s del Plan de Calidad. 

Será/n designado/s por la Dirección, a propuesta de la Titularidad del Centro, y tendrá/n como funciones: 

  1. Establecer y mantener la política de la calidad y los objetivos. 
  1. Promover la política de calidad para aumentar la toma de conciencia, la motivación y la participación de toda la comunidad educativa del Centro. 
  1. Asegurarse de que se implementan los procesos apropiados para cumplir con los requisitos de los clientes y para alcanzar los objetivos de la calidad. 
  1. Asegurarse de la disponibilidad de los recursos necesarios. 
  1. Revisar periódicamente el sistema de gestión de la calidad. 
  1. Decidir sobre las acciones para la mejora del sistema de gestión de la calidad. 

CAPÍTULO 2º: MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. DERECHOS Y DEBERES 

La participación de los miembros de la comunidad educativa en el gobierno del Centro se efectuará a través del Consejo Escolar. 

A la hora de diseñar los derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa nos marcamos los siguientes objetivos en el ámbito humano y de servicios: 

  1. Promover y facilitar la participación del profesorado en actividades de formación permanente. 
  1. Incrementar todas las actividades encaminadas a mejorar la formación humana, técnica, científica y cultural del Centro en general, favoreciendo así un mejor desarrollo educativo. 
  1. Propiciar un ambiente de trabajo agradable a base de prever, informar, sugerir, ayudar, guiar y fijar objetivos. 
  1. Promover un ambiente higiénico y saludable en el Centro, fomentando hábitos y actitudes sanas en la comunidad educativa. 
  1. Establecer vías para la participación efectiva de familias y alumnado. 
  1. Lograr canales de comunicación dentro del Centro que aseguren la fluidez de la información y el entendimiento entre los miembros de la comunidad educativa, buscando la máxima eficacia y la mayor economía de tiempo. Hay que darle especial relevancia a los docentes-tutores. 
  1. Crear estrategias para conseguir que la disciplina del alumnado no se deteriore durante el Curso escolar. 
  1. Atender al alumnado para que se les asignen medidas de refuerzo o profundización conforme al Plan de Atención a la Diversidad. 
  1. Colaborar con otras instituciones, asociaciones y entidades en actividades educativas. 
  1. Promocionar el Centro, abriéndolo a su entorno. 
  1. Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto de los derechos que se establecen en las presentes Normas. 
  1. El Centro está obligado a guardar reserva sobre toda aquella información de que disponga acerca de las circunstancias personales y familiares de los alumnos, atendiendo a la Ley General de Protección de Datos. 
  1. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a estar informados, por medio de sus representantes, de todo lo que les pueda concernir con respecto a las actividades educativas, la gestión y el funcionamiento del Centro. 
  1. Podrán exponer información o propaganda que no contravengan a las actividades del Colegio en los tablones destinados al efecto, de acuerdo con el derecho a la libertad de expresión, y siempre que no sea ofensiva para las personas, instituciones, asociaciones o ideologías de los miembros de la comunidad educativa. 

7.- ALUMNADO 

(Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre) 

(Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo) 

(Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio) 

Todo el alumnado tiene los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que los derivados de su edad y del nivel que estén cursando. 

Todo el alumnado tiene el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el respectivo Estatuto de Autonomía, con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en ellos. 

7.1.- Derechos del alumnado. 

  1. A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad. 
  1. A que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales. 
  1. A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. 
  1. A recibir orientación educativa y profesional. 
  1. A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la Constitución. 
  1. A la protección contra toda agresión física o moral. 
  1. A participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes. 
  1. A recibir las ayudas y apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo. 
  1. A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente. 
  1. A manifestar su discrepancia respecto de las decisiones educativas que le afecten, siempre con el debido respeto. 
  1. A la privacidad sobre sus datos personales y familiares. 
  1. A desarrollar su actividad escolar en las debidas condiciones de higiene y seguridad. 

Durante los primeros días lectivos, el alumnado recibirá información relativa a las presentes Normas por parte de sus docentes-tutores. El alumnado nuevo será informado en los primeros días de su incorporación al Centro. 

El alumnado podrá comunicar a sus docentes-tutores y, en su caso, a Jefatura de Estudios o a Dirección, lo que consideren violaciones a sus derechos.. 

7.2.- Deberes del alumnado. 

  1. Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades. 
  1. Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias. 
  1. Seguir las directrices del profesorado y atender a sus explicaciones. 
  1. Asistir a clase obligatoriamente y con puntualidad. 
  1. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el Centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y a la autoridad y orientaciones del profesorado. 
  1. Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 
  1. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del Centro. 
  1. Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del Centro y materiales didácticos. 
  1. Llevar siempre el material necesario para las tareas previstas. 
  1. Identificarse ante el profesorado y el personal no docente que se lo pida. 
  1. Respetar las pertenencias de cada miembro de la comunidad escolar. 
  1. Mantener la compostura y el decoro debido tanto en las actuaciones como en la indumentaria. Es obligatorio el uso del uniforme completo, incluidas las prendas deportivas. 

7.3.- Asistencia del alumnado a clase. Entradas y salidas. 

  1. Tanto el acceso como la salida del Colegio se realizarán por el lugar correspondiente a su nivel educativo. 
  1. La entrada y salida del alumnado de Educación Infantil se realizará por la puerta de acceso al edificio de esta etapa y se dirigirán con sus familias hasta su aula. A las 9:10 horas se cerrará esta puerta y podrán acceder al Centro por la principal (Educación Primaria). 
  1. Las puertas de entrada al Centro se abrirán 5 minutos antes de la hora de entrada y de salida, excepto cuando las condiciones atmosféricas así lo requieran (tal decisión quedará a juicio del Equipo Directivo).      
  1. La entrada del alumnado de Educación Primaria se efectuará por la puerta principal o por la rampa de acceso a los patios (según el nivel) y formarán en los patios antes de subir a sus respectivas aulas. 
  1. Es responsabilidad de las familias la custodia de sus hijos hasta las horas asignadas de entrada al Centro.  
  1. Queda terminantemente prohibido acceder a las pistas de juego del Colegio. Aunque el Centro tiene seguro de responsabilidad civil, todos los daños causados en el recinto, mobiliario o personal fuera de la hora estipulada será responsabilidad de la familia. 
  1. El alumnado del primer ciclo de Educación Primaria realizará ordenadamente su salida a las 13:50 horas, acompañados por el docente que les corresponda,  siempre que las condiciones climáticas no lo impidan, con el fin de evitar las aglomeraciones que se producen en la entrada principal. Los grupos se formarán en la zona asignada y las familias recogerán a sus hijos. 
  1. Los restantes grupos de Educación Primaria bajarán ordenadamente con el docente correspondiente que los acompañará hasta la planta baja. 
  1. A las 9:10 horas se cierra la puerta principal. 
  1. El alumnado será acompañado por un adulto cuando lleguen con retraso, se dirigirán a Jefatura de Estudios y justificarán el retraso. 
  1. Las familias no podrán acceder al interior de los edificios donde estudian sus hijos, hasta que estos se encuentren en sus aulas (excepción para el alumnado de Educación Infantil Ciclo 1º). Solo está contemplada la entrada al recibidor al alumnado del primer curso de Educación Primaria acompañados de su padre o madre en la primera semana de septiembre para subir los materiales. 
  1. Las familias solo podrán acceder al Centro para hablar con el profesorado en horas de Tutoría y respetar las horas de atención al público (Equipo Directivo y Secretaría). En caso de tener que recoger a sus hijos durante el horario lectivo, se dirigirán a Secretaría o Jefatura de Estudios. 
  1. Las familias que de forma reincidente no recojan a sus hijos con puntualidad serán denunciadas por parte de la Dirección del Colegio a las autoridades competentes; por cuyo motivo es imprescindible un teléfono de contacto operativo, así como que las familias comuniquen los imprevistos de última hora al tutor/a  de su hijo/a. 
  1. Las salidas del alumnado durante el horario lectivo solo se llevarán a cabo por motivos de urgencia. Para casos particulares, es preciso que los padres vengan a recogerlos y presenten la correspondiente justificación o autorización en Secretaría, que será entregada posteriormente al profesor-tutor. 
  1. El alumnado, en caso de ausencia, traerá los oportunos justificantes hasta tres días con posterioridad a su incorporación al Colegio. 
  1. Las ausencias (unas cuatro mensuales) y los retrasos no justificados del alumnado, serán notificados por los profesores-tutores a las familias, quienes procederán a su justificación. Las reincidencias y las incomparecencias de las familias a las citas se comunicarán a Jefatura de Estudios. 
  1. El Centro cerrará todos los accesos a las 14:15 h. Si algún alumno/a quedara en sus instalaciones, se dará parte a los organismos competentes. 

8.- PROFESORADO 

Como norma base, el docente-cooperativista se atiene a la Ley General de Cooperativas y a los Estatutos aprobados en COMAMEL, y el profesorado contratado se rige por el Convenio de Enseñanza Concertada vigente. 

8.1.- Derechos del profesorado. 

  1. A la libertad de enseñanza, siempre dentro del marco de los principios establecidos en la Ley y en los proyectos institucionales del Centro. 
  1. A recibir una formación y perfeccionamiento acorde a sus funciones. 
  1. A intervenir en todo aquello que afecte en la vida del Centro a través de los canales de participación establecidos. 
  1. A estar informados de cuantos asuntos conciernen al desarrollo global del Curso Escolar y a los comunicados oficiales que lleguen al Centro que puedan afectarles, respetando siempre la información confidencial. 
  1. A que se respete su dignidad y función por toda la comunidad educativa. 
  1. A recibir colaboración en su tarea por toda la comunidad educativa. 
  1. A que el Centro facilite un ambiente de trabajo adecuado. 
  1. A asumir cargos de responsabilidad en el marco de la legislación vigente. 
  1. A respetar la confidencialidad sobre su ámbito familiar y personal 
  1. A las vacaciones y permisos según la legislación vigente. 

8.2.- Deberes del profesorado. 

  1. Impartir una enseñanza que asegure el pleno desarrollo de la personalidad del alumno y se ajuste a los fines y principios contenidos en el Proyecto Educativo. 
  1. Evaluar objetivamente el rendimiento de su alumnado. 
  1. Informar al profesor-tutor de todos los aspectos relevantes relacionados con el grupo y entregarle los resultados académicos cuando se le notifique. 
  1. Mantener una comunicación fluida con el alumnado y sus familias en relación con las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de aquellos y la marcha de su proceso de aprendizaje referido a su materia, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso; todo ello dentro de su ámbito de competencia y siempre con el conocimiento del Tutor/a del grupo. 
  1. Comunicar a Jefatura de Estudios cuando vaya a ausentarse del Colegio, a la mayor brevedad posible. Si esta ausencia está prevista, dejará trabajo para que el alumnado, controlado por el docente-sustituto, lo lleve a cabo. Dicha ausencia se deberá justificar cuanto antes, y siempre en un plazo no superior a tres días desde la incorporación del docente. 
  1. Ayudar al alumnado en su proceso de enseñanza-aprendizaje a nivel individual y de grupo. 
  1. Velar por la disciplina en todo el recinto escolar, dando cuenta de las incidencias al profesor-tutor y/o a Jefatura de Estudios. 
  1. Responsabilizarse del material didáctico del Centro y de sus instalaciones. 
  1. Comunicar con antelación suficiente la necesidad de equipos, aulas o espacios comunes que hayan de ser reservados para su uso, según determine Jefatura de Estudios. 
  1. Asumir con responsabilidad aquellos cargos que se les asigne. 
  1. Ser puntuales en las entradas y salidas, así como en los cambios de clase, acompañando al alumnado cuando les corresponda. 
  1. Cumplimentar, prestando la máxima eficacia y dentro de los plazos establecidos, la documentación que se genera en la gestión y funcionamiento del Centro. 
  1. Permanecer en la clase que le corresponda según su horario personal y no abandonarla, a menos que sea por imperiosa necesidad o porque se lo notifique el Equipo Directivo. 
  1. Cerrar puertas y ventanas durante el recreo y al finalizar la jornada. 
  1. Permanecer, cuando así lo requiera, con el alumnado que no acompañe a su grupo (durante el recreo, otras actividades, etc.). 
  1. Asistir a las reuniones de equipos de Ciclo, comisiones, sesiones de evaluación, claustros…, o cuando lo requiera el Equipo Directivo. 
  1. Realizar sustituciones cuando se lo notifique la Jefatura de Estudios. 
  1. Participar en las actividades generales del Centro. 
  1. Vigilar durante los recreos en las zonas y horarios establecidos a principios de Curso. 
  1. Realizar la hora de Tutoría en sus respectivas aulas o en los lugares asignados o de forma virtual. 
  1. Cumplir con las presentes Normas. 

8.3.- Servicios mínimos. 

Los servicios mínimos se aplicarán por la ausencia, previa petición de asuntos propios, de un máximo de un 15 % del personal docente por cada etapa educativa. 

Cuando se tengan que nombrar servicios mínimos, se procederá del siguiente modo: 

  1. Se procederá a una reunión para determinar el profesorado presente en el Centro. A esta reunión asistirán todos los Coordinadores y un representante de los maestros no Tutores. 
  1. Por sorteo, se nombrará la letra de las clases, que representarán a los Tutores de las mismas, más un maestro no Tutor por nivel. 
  1. En caso de que superen por nivel los 20 alumnos en el Primer Ciclo de Educación Infantil o 30 en el resto de las etapas, se quedarán también los Tutores correspondientes a la letra siguiente por orden alfabético. 
  1. En caso de que no superen el número de alumnos anterior por Ciclo, se sorteará entre los presentes quién permanece con el alumnado. 
  1. En caso de deber inexcusable, presentará por escrito el justificante, y ocupará su puesto el siguiente Tutor/a o maestro no especialista (este por sorteo). 

9.- FAMILIAS 

Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de las familias, así como la formación de federaciones y confederaciones. 

La responsabilidad de la educación debe ser compartida por familias, docentes y alumnado. 

Las familias podrán participar en la vida del Centro a través de sus representantes en el Consejo Escolar, a través del AMPA o bien directamente. 

9.1.- Derechos de las familias. 

  1. A recibir una educación para sus hijos, con la máxima garantía de calidad, conforme con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas. 
  1. A escoger Centro docente tanto público como privado. 
  1. A recibir una formación integral en el marco de la tolerancia y la libertad del individuo. 
  1. A estar informadas sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos. 
  1. A participar en el proceso de enseñanza-aprendizaje de sus hijos. 
  1. A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del Centro educativo, en los términos establecidos por las leyes. 
  1. A ser oídas en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica de sus hijos. 

9.2.- Deberes de las familias. 

  1. Adoptar las medidas necesarias, o solicitar las ayudas correspondientes en caso de dificultad, para que sus hijos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase. 
  1. Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar de sus hijos. 
  1. Estimular a sus hijos para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden. 
  1. Participar de manera activa en las actividades que se establezcan para mejorar el rendimiento de sus hijos. 
  1. Conocer, participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos, en colaboración con el profesorado y el Centro. 
  1. Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el Centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado. 
  1. Fomentar el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa. 
  1. Notificar por escrito al profesor-tutor las faltas de asistencia a clase y los retrasos de sus hijos cuando concurran y a la mayor brevedad posible. 
  1. Velar para que las ausencias y los retrasos sean el menor número posible, facilitando así el derecho del alumnado a la evaluación continua. 
  1. Colaborar con los demás sectores de la comunidad educativa para alcanzar un marco de responsabilidad basado en el respeto a las normas de convivencia del Centro, facilitando y respetando la adopción de las medidas disciplinarias que resulten aplicables en cada supuesto, sin perjuicio de su derecho a reclamar de acuerdo con la legislación vigente. 
  1. Conocer el funcionamiento del Centro y los cauces de información asistiendo a las reuniones a que se les convoque. A este fin, el Centro dispone de horas de atención a las familias, que serán respetadas rigurosamente o, si no es posible acudir al horario reservado a tal efecto, se concertarán las visitas previamente con el profesorado o el Equipo Directivo. 

10.- PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 

Como norma base, el personal de administración y servicios se rige por el Convenio de Enseñanza Concertada vigente y los Estatutos de los Trabajadores. 

10.1.- Derechos del personal de administración y servicios. 

  1. A que se respete su dignidad y función por toda la comunidad educativa. 
  1. Conocer las funciones asignadas a su puesto de trabajo, así como disponer de los medios adecuados y de la información precisa para el desempeño de sus tareas. 
  1. A desarrollar sus actividades en un ambiente adecuado de seguridad y salud laboral. 
  1. A ser debidamente informados de las cuestiones que les afecten en la vida del Centro. 
  1. A la participación en los órganos de gobierno y gestión del Centro a través de su representante en el Consejo Escolar. 
  1. La utilización adecuada de las instalaciones, servicios e infraestructuras, de acuerdo con las normas de uso. 

10.2.- Deberes del personal de administración y servicios. 

  1. Desempeñar sus tareas conforme a los principios de legalidad y eficacia. 
  1. Asumir las responsabilidades derivadas del ejercicio de las funciones asignadas a su puesto de trabajo. 
  1. Respetar al resto de la comunidad educativa y cumplir con la confidencialidad. 
  1. Observar las órdenes e instrucciones del Equipo Directivo. 
  1. Atender adecuadamente a los diversos usuarios de la comunidad educativa. 
  1. Respetar y hacer un buen uso de las instalaciones y material del Centro. 
  1. Cumplir con lo dispuesto en las presentes Normas. 
  1. Justificar las ausencias y retrasos al trabajo; así como avisar, siempre que sea posible, con la antelación suficiente. 

10.3.- Conserjes. Funciones. 

  1. Controlar los puntos de acceso al Centro y sus dependencias. 
  1. Realizar encargos relacionados con el servicio dentro y fuera de las dependencias del Centro. 
  1. Recogida y entrega de correspondencia. 
  1. Realizar fotocopias, encuadernación y demás operaciones de carácter similar. 
  1. Toma de recados y avisos, y su comunicación correspondiente. 
  1. Atender y orientar al público en sus demandas. 
  1. Controlar la apertura y cierre de puertas, cierre de ventanas y persianas, encendido y apagado de luces, y el control de interiores y exteriores de las dependencias del Centro. 
  1. Proporcionar el material necesario para las clases. 
  1. Custodiar y controlar las llaves de las distintas dependencias del Centro. 
  1. Requerir la identificación de aquel alumnado que realice faltas de disciplina así como el uso incorrecto del material o instalaciones del Centro, comunicándolo a Jefatura de Estudios. 
  1. Colocar en los tablones de anuncios la información que el Equipo Directivo les indique y retirada transcurrido un tiempo prudencial, consultando a aquel en caso de duda. 
  1. Comunicar los desperfectos y deterioros de los bienes muebles, material e instalaciones del Centro que detecten. 
  1. Realizar todo lo que le demande el Equipo Directivo, siempre dentro de sus funciones. 

10.4.- Personal de Administración. Funciones. 

  1. Registro de entradas y salidas de la documentación relevante que conlleva la actividad del Centro. 
  1. Ordenación, clasificación y archivo de dicha documentación, de manera que permita la consulta y recuperación eficaz y diligente en cualquier momento que así se requiera. 
  1. Atención e información al público sobre actividades del Centro, tales como proceso de admisión del alumnado, matriculación, becas y ayudas, etc. 
  1. Confección de certificaciones e informes que soliciten las familias o las instituciones y para qué se destinan. 
  1. Toma de recados y avisos, y su comunicación correspondiente. 
  1. Colaboración en el proceso de admisión del alumnado, matriculación, ayudas y seguro escolar. 
  1. Gestión de traslados y cuantos procedimientos administrativos con efectos académicos establezcan las disposiciones vigentes. 
  1. Cualquier otra función de carácter análogo que el Equipo Directivo pueda encomendarle dentro de su ámbito de competencias. 

10.5.- Personal de limpieza. Funciones. 

  1. Realizar la limpieza de muebles, despachos, aulas, servicios y demás dependencias del Centro que los responsables del mismo les asignen. 
  1. Velar por el mantenimiento de las existencias de los productos y material de limpieza necesarios para la prestación de sus servicios, comunicando su falta a los Conserjes. 
  1. Comunicar los deterioros, desperfectos o malos usos de los muebles e instalaciones del Centro que detecte. 
  1. Procurar la ventilación adecuada de todas las dependencias del Centro. 
  1. Cualquier otra tarea análoga que le sea requerida por la Titularidad. 

10.6.- Personal del Comedor Escolar. Funciones. 

  1. Promover, fomentar y desarrollar hábitos alimenticios saludables. 
  1. Garantizar una dieta que favorezca la salud. 
  1. Poner en práctica normas higiénicas y sanitarias. 
  1. Fomentar posturas correctas en la mesa a la hora de comer. 
  1. Desarrollar hábitos para el uso adecuado de los utensilios de comida. 
  1. Atender al alumnado mientras permanezca en el Comedor. 
  1. Comunicar a los responsables correspondientes las deficiencias observadas en cuanto a los alimentos, utensilios e instalaciones. 
  1. Cualquier otra tarea análoga que le sea requerida por la Titularidad. 

CAPÍTULO 3º: ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CENTRO 

11.- NORMAS GENERALES 

11.1.- Entradas y salidas del Centro. 

  1. Sobre el alumnado, ver apartado 7.3 de las presentes Normas. 
  1. Todos los miembros de la comunidad educativa del Centro cumplirán con su horario personal con la puntualidad pertinente y, en caso de ausencia o de retraso, deberán comunicarlo a la mayor brevedad posible y proceder según las presentes Normas. 
  1. Las familias solo podrán acceder al Centro para hablar con el profesorado en horas de Tutoría y respetar las horas de atención al público (Equipo Directivo y Secretaría). En caso de tener que recoger a sus hijos durante el horario lectivo, se dirigirán a Secretaría o Jefatura de Estudios. 

11.2.- Comportamiento general en el Centro. 

  1. Todos los miembros de la comunidad educativa mantendrán una conducta adecuada y de respeto, ateniéndose a las presentes Normas. 
  1. Durante las clases y cuando tengamos que salir del aula o regresar a ella, circularemos en silencio, con corrección y en orden. 

11.3.- Comportamiento en clase. 

  1. Las relaciones entre el alumnado y entre el profesorado y el alumnado se guiarán siempre por el máximo respeto. 
  1. El alumnado escuchará con atención las explicaciones del docente y las intervenciones de sus compañeros, respetando el turno de palabra y las instrucciones del docente. 
  1. Se mantendrá en clase un adecuado ambiente de estudio y trabajo para permitir el máximo aprovechamiento. 
  1. Se tendrá en clase el material necesario para el trabajo en cada una de las asignaturas. 
  1. Es necesario estudiar y hacer en casa las tareas y deberes propuestos por el docente. 
  1. En caso de ausencia del docente que corresponda según horario, el grupo esperará al docente-sustituto. 
  1. Como norma general, durante la clase no se saldrá a los servicios, excepto por necesidad. 

11.4.- Comportamiento en los recreos. 

  1. Durante los recreos, el alumnado permanecerá en los patios que les corresponda, custodiados por los docentes que vigilan, y utilizarán los aseos situados en la planta baja. No está permitido el acceso a las aulas ni permanecer en los pasillos ni escaleras. 
  1. En caso de mal tiempo, el recreo se realizará cada grupo en su aula. Los docentes de guardia vigilarán con sumo cuidado durante este período. 

11.5.- Cuidado y limpieza del Colegio. 

  1. Todos somos responsables de que las instalaciones, mobiliario y materiales del Centro permanezcan limpios y bien cuidados. 
  1. Respetaremos la limpieza del Colegio tanto en el interior como en el exterior del recinto. 
  1. Al finalizar la jornada, dejaremos el aula ordenada para facilitar las tareas de limpieza, y las ventanas y puertas cerradas. 
  1. Como norma general, no se permite la circulación de ningún vehículo de ruedas por el recinto escolar. 

11.6.- Aspectos sanitarios. 

  1. Se evitará la administración de medicamentos en el Centro. En caso de necesidad, es imprescindible adjuntar la correspondiente prescripción médica y tener firmada la autorización de la familia. 
  1. En caso de que el alumno/a presente síntomas de enfermedad o sufra un accidente, se avisará a la familia para que venga a recogerlo. 
  1. En caso de enfermedad con síntomas graves o sufra un accidente que requiera asistencia urgente, se avisará a los servicios de urgencia para su traslado al centro sanitario, comunicándolo simultáneamente a la familia. En estos casos, el alumno/a será acompañado por el profesor-tutor (en alumnado de Educación Infantil), maestro de sustitución, responsables de tareas o miembros del Equipo Directivo (en este orden de preferencia). 
  1. Las familias manifestarán por escrito la no-autorización, caso de accidente o enfermedad súbita, para que su hijo se traslade fuera del Centro a un centro sanitario. Dicha desautorización se entenderá indefinida mientras no medie otra en sentido contrario. 
  1. Nuestro Colegio es un espacio libre de humo. Está prohibido terminantemente fumar en todo el recinto escolar. 
  1. Por razones de higiene y seguridad, no está permitida la entrada de animales en todo el recinto escolar. 

12.- NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 

12.1.- Organización de los espacios y recursos. 

12.1.1.- Utilización de aulas. 

  1. Cada grupo tendrá un aula asignada. 
  1. La utilización de un aula, cuando no esté ocupada, deberá ser autorizada por la Jefatura de Estudios. Para ello, el docente solicitará en Jefatura de Estudios, con la mayor antelación posible, un espacio para hora/s y día/s determinado/s. La Jefatura de Estudios le indicará el aula a utilizar. 
  1. Cuando el alumnado abandone un aula que no sea la suya, se llevarán todas sus pertenencias. 
  1. Para poder utilizar cualquier instalación del Centro fuera de la actividad normal docente, deberá ser autorizado por la Titularidad, previa presentación de solicitud indicando finalidad de la actividad, horario y nombres de las personas responsables. 

12.1.2.- Utilización de la Biblioteca del Centro. 

  1. Durante el período lectivo, la Biblioteca permanecerá abierta según horario establecido por Jefatura de Estudios. 
  1. Durante el período no lectivo, la Biblioteca permanecerá abierta en horario pendiente de la disponibilidad de los monitores. 
  1. La Biblioteca podrá ser utilizada por cualquier miembro de la comunidad educativa en el horario determinado. 
  1. Se deberá permanecer en silencio y colocar los libros y los dispositivos digitales en el mismo lugar de donde se cojan. 

12.1.3.- Salón de Actos múltiples. 

  1. La disposición del salón debe quedar en perfecto estado y completo tras su utilización. 
  1. Cualquier anomalía encontrada al principio de la actividad, se pondrá en conocimiento del Equipo Directivo. De no hacerlo, se harán cargo del defecto las personas responsables de la actividad. 
  1. La utilización del Salón de Actos en período lectivo deberá ser autorizada por Jefatura de Estudios, previa petición de los interesados. 
  1. La utilización del Salón de Actos en período no lectivo será autorizada por la Titularidad, previa petición de los interesados. 

12.1.4.- Secretaría. 

  1. De no ser estrictamente necesario, nadie, excepto el Secretario/a y el Jefe/a de Estudios, permanecerá en la Secretaría del Centro. 
  1. Ningún docente dejará materiales u objetos en su interior de forma indefinida. 
  1. La puerta de la Secretaría permanecerá cerrada para poder atender adecuadamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. Cuando esto suceda, se pide la colaboración de los docentes para que no accedan a ella y, de encontrarse presentes, abandonen el lugar y preservar así la confidencialidad de las conversaciones. 
  1. Si se pusiera el cartel indicativo “Estamos reunidos”, no pasar si no es estrictamente necesario. 
  1. La consulta de expedientes y documentación académica del alumnado se hará mediante solicitud verbal y se dejarán en el mismo orden en el que estaban, no pudiendo retirarlos o dejarlos fuera de su lugar de origen.  

12.1.5.- Utilización del aula de informática. 

  1. No se tocará ningún componente informático del aula hasta que lo indique el docente. 
  1. Cualquier anomalía encontrada deberá comunicarse al docente y/o al responsable de las T.I.C./C.C.D.E. del Centro. 
  1. Deberán seguir las normas específicas del aula. 
  1. Para acceder a Internet, páginas de Chat, Messenger, etc., hay que pedir permiso al profesor/a. 

12.1.6.- Utilización del gimnasio, pistas deportivas y/o material deportivo. 

  1. Durante el período lectivo, viene marcado por el horario que establece Jefatura de Estudios. 
  1. Para su utilización en período no lectivo, se solicitará a la Titularidad indicando responsable/s de la actividad. 
  1. Deberá recogerse todo el material utilizado y colocarlo ordenadamente en el lugar asignado. 

12.1.7.- Utilización de medios audiovisuales. 

  1. Deberán solicitarse al responsable de medios audiovisuales. 
  1. Cualquier anomalía será comunicada a dicho responsable a la mayor brevedad posible. 

12.1.8.- Utilización de medios informáticos. 

  1. Deberán comunicarse al responsable de las T.I.C./C.C.D.E. 
  1. Cualquier anomalía será comunicada a dicho responsable a la mayor brevedad posible. 
  1. El usuario es responsable del cuidado del material utilizado y asignado, tanto de los equipos como de los programas que estén instalados, respetando, en todo momento, las normas establecidas. 
  1. Acceso a Internet. En cada aula existe una toma de red para la conexión del ordenador a Internet. Existe un servidor específico de contenidos para evitar el acceso por parte del alumnado y, por error, de los propios docentes a sitios inapropiados e incompatibles con un entorno educativo. Si el servidor bloquea algún sitio que se considere necesario para el uso en el aula, deberá dirigirse al T.I.C./C.C.D.E. para que proceda a solicitar su desbloqueo.  
  1. Recursos en Red. Cada docente cuenta con los siguientes servicios: 
  • Una dirección de correo electrónico corporativa bajo el dominio de colegioenriquesoler.com. Esto significa que todo lo que se envíe mediante esta cuenta nos vinculará como entidad, por lo que solo debe usarse con fines educativos (comunicación con familias, con organismos educativos, con otros Centros…). 
  • Si se desea usar la cuenta de correo con clientes de correo de sobremesa (Outlook, Outlook Express, Thunderbird…), el T.I.C./C.C.D.E. suministrará el soporte técnico necesario. 
  • Cuando se produzca una contratación que se prevea de larga duración o una nueva incorporación a la plantilla, se le hará entrega del cuaderno de Bienvenida Digital, donde constará el correo electrónico asignado, con el nombre del usuario y la contraseña inicial, así como los datos de acceso a la Sala de Profesores
  1. PROGRAMA DE GESTIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN. 
  • Al inicio del Curso Escolar, cada Tutor/a tendrá que realizar las siguientes tareas dentro de la plataforma: comprobar que todos los datos de su alumnado coinciden con los grabados en la base de datos (datos personales, dirección, teléfonos…) y modificarlos si fuera necesario. En todo caso, a la finalización del correspondiente Curso Escolar, deberán estar actualizados todos los datos. 
  • Cada día, el Tutor/a registrará en el programa los datos relativos a la asistencia. 
  • Cada evaluación, el Tutor/a deberá introducir en el programa las calificaciones de su alumnado. La fecha límite para realizar esta tarea se comunicará con la antelación necesaria. 

12.1.9.- Fotocopias. 

  1. El profesorado entregará al Conserje originales para realizar fotocopias siempre que sean para uso de su alumnado y nunca para un número inferior a 50 copias, al menos con cuarenta y ocho horas de antelación. 
  1. No se podrán utilizar las fotocopiadoras para usos no destinados al Centro. 
  1. Para otros casos, solicitar al Equipo Directivo o a la Titularidad. 
  1. En caso de anomalía, comunicarlo al Conserje. 
  1. La fotocopiadora de pequeñas dimensiones que se encuentra en la Secretaría del Centro es de uso exclusivo del Equipo Directivo y de la Secretaría del Consejo Rector. 

12.1.10.- Teléfonos. 

  1. No está permitido el uso de teléfonos móviles y análogos en el Centro por el alumnado. 
  1. Los teléfonos del Centro están a disposición de todos los miembros de la comunidad educativa, pero nunca por motivos personales. 
  1. El uso del teléfono móvil para el profesorado, mientras que imparta docencia directa, queda limitado para casos urgentes. 
  1. Los docentes que necesiten hacer uso del teléfono, lo harán desde el que se encuentra instalado en la Conserjería (fijo o inalámbrico). 

12.1.11.- Impresoras en red. 

  1. En cada planta de Educación Primaria existe una fotocopiadora conectada a la red desde la que se reciben trabajos de las aulas. 
  1. El uso de estas impresoras es estrictamente educativo y se evitará imprimir copias de todo aquello que se pueda fotocopiar (está prohibido enviar copias de un mismo original). 

12.2.- Información a los miembros de la comunidad educativa. 

12.2.1.- Información al profesorado. 

  1. Cada docente dispone de una cuenta de correo electrónico proporcionada por el Centro y los Tutores/as de canales de Telegram, y, como objetivo del Proyecto Ecoescuela, esta nueva forma de comunicación que ofrecemos pretende eliminar las notificaciones tradicionales por fotocopias, por lo que se deberá revisar el correo para comprobar los mensajes que enviemos desde el Colegio o desde la Cooperativa y que tendrá el mismo valor que el anteriormente usado. El profesorado tiene el deber de estar atento diariamente a estos medios. 
  1. Para asuntos que así lo requieran, el Equipo Directivo y la Titularidad podrán entregar los comunicados personalmente en un listado en el que el profesorado  firmará como “enterado”. 

12.2.2.- Información al alumnado y a las familias. 

  1. Agenda escolar. 

La agenda escolar forma parte opcional del material escolar. Además, se puede considerar como “guía” para familias en la que el Centro, a través del Tutor/a y el profesorado, mantiene una comunicación fluida con el alumnado y sus familias. 

La agenda escolar es un instrumento que favorecerá el trabajo y el estudio del alumnado. A través de ella, podemos ayudar y orientar su esfuerzo por aprender. Un buen seguimiento de la misma desembocará en una mejora de su rendimiento escolar y en el desarrollo de determinados hábitos de trabajo y estudio: planificación, orden… También es una herramienta para potenciar su motivación, interés y su voluntad. 

Las familias deben estar pendientes de los deberes, de los avisos y entrevistas, de la marcha cotidiana, de las posibles justificaciones de ausencias y retrasos, fechas de controles, calendario escolar, etc., y, en general, de su uso correcto. Al finalizar cada jornada repasarán, junto con su hijo/a, la agenda. El profesorado le agradecerá su colaboración. 

  1. El Centro informará de la oferta educativa que en ese momento disponga y durante el Curso Escolar de las que se sumen. 
  1. Se convocará una reunión con las familias del alumnado a comienzos de cada Curso Escolar, en la que el profesor-Tutor del grupo explicará brevemente sobre las presentes Normas y lo que estipule el Equipo Directivo. Asimismo, comunicará el horario de atención a familias por el profesorado. 
  1. Las familias recibirán, trimestralmente, información de los resultados académicos de sus hijos a través de los boletines de notas que elabora el Centro después de cada sesión de evaluación. 
  1. Se convocarán cuantas reuniones se precisen, a propuesta razonada, por parte del Equipo Directivo, profesorado, familias o alumnado. 
  1. Existirá un horario de atención al público por el Equipo Directivo expuesto en Secretaría. 
  1. El alumnado y las familias podrán solicitar del profesorado y Tutores cuantas aclaraciones estimen oportunas sobre las calificaciones. 
  1. En el caso de existir desacuerdo en la calificación obtenida o en la decisión de promoción, podrán solicitar a Jefatura de Estudios la revisión de dicha decisión. El Jefe/a de Estudios, oído el docente pertinente y con el visto bueno del Director/a, comunicará a las familias la decisión adoptada a la mayor brevedad posible. 
  1. Las comunicaciones por email nunca sustituirán a la tutoría presencial. Estas comunicaciones deberán hacerse siempre dentro del marco de las presentes Normas y solamente para causas urgentes. El uso del correo electrónico no se trata de un foro de discusión, chat o buzón de quejas. 
  1. Por acuerdo aprobado en la C.C.P., los controles no se entregarán a las familias fuera de la hora de Tutoría. Aquellas familias que justifiquen que no pueden asistir a Tutoría, deberán pedir y entregar completada una solicitud para tal fin en Secretaría. Dichos controles no serán entregados hasta dos días después de que todos los grupos lo hayan realizado. Antes de entregar cualquier control, el docente confirmará con Jefatura de Estudios que el solicitante cumple con todos los requisitos. 

12.2.3.- Información al personal de administración y servicios. 

El Equipo Directivo o la Titularidad procederán a la comunicación verbalmente o, si procede, por escrito. 

12.3.- Actividades extraescolares y complementarias. 

( R.D. 1534/1986, de 11 de julio ) 

  1. Tendrán fines educativos, no discriminarán a ningún miembro de la comunidad educativa y fomentarán la convivencia. 
  1. Las familias podrán participar voluntariamente y siempre que el Centro lo crea conveniente. 
  1. Para la percepción de cantidades como contraprestación, se precisará la autorización de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación y lo prescrito en la legislación vigente. 
  1. Serán aprobadas por el Consejo Escolar y deberán figurar en la P.G.A. 
  1. El profesorado interesado entregará en Jefatura de Estudios un breve proyecto de la actividad, al menos con diez días de antelación a la fecha prevista. La Jefatura de Estudios lo tramitará al Servicio de Inspección de Educación. 
  1. Deben estar relacionadas con la programación de aula en el momento de su realización. 
  1. Como norma general, se requiere la participación de dos tercios del alumnado participante en la actividad. 
  1. El profesorado que participe en la actividad dejará trabajo para las clases afectadas en su ausencia. 
  1. Salvo en casos excepcionales, el número de profesorado acompañante será de uno por cada 25 alumnos. 
  1. El profesorado acompañará en todo momento al alumnado. 
  1. El alumnado deberá tener entregadas firmadas las correspondientes autorizaciones por sus familias. 
  1. Se reserva el derecho de participación en las actividades para el alumnado que no cumpla con las normas de convivencia. 
  1. Cuando sea necesario seleccionar al alumnado para participar en cualquier tipo de actividad, se atenderá a los siguientes criterios: 

· Mejores calificaciones académicas en las principales áreas de estudio. 

· Autorización familiar para la realización de la actividad. 

· Buen comportamiento. 

· Actitudes y habilidades para desenvolverse fuera del entorno familiar. 

· Buena capacidad de expresión oral. 

12.4.- Normas de seguridad. 

  1. Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados a conocer y cumplir el Plan de Evacuación del Centro. 
  1. Este Plan se actualizará conforme se produzcan variaciones en las estructuras de los edificios. 
  1. De forma sucinta y clara se expondrán instrucciones en todas las dependencias del Centro. 
  1. Se realizarán prácticas de evacuación de los edificios como mínimo una vez al año, preferiblemente en el primer trimestre del Curso Escolar. 
  1. Por razones de seguridad e higiene, no está permitida la entrada de animales en todo el recinto escolar. 

CAPÍTULO 4º: NORMAS DE CONVIVENCIA 

Como norma base, para las correcciones a las conductas contrarias a las normas de convivencia por parte del profesorado-cooperativista hay que referirse a la Ley General de Cooperativas y a los Estatutos de CO.MA.MEL.; y para el profesorado-contratado y para el personal de administración y servicios, el Convenio de Enseñanza Concertada vigente y el Estatuto de los Trabajadores. 

Para el alumnado, la norma base es el R.D. 732/1995, de 5 de mayo, que sirve de fundamento para lo que sigue. 

13.- DISPOSICIONES GENERALES 

Las normas de convivencia del Centro establecen las correcciones que correspondan por las conductas contrarias a las citadas normas. 

Los incumplimientos de las normas habrán de ser valorados considerando la situación y las condiciones personales del alumno/a. 

Las correcciones que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa. 

En la aplicación de las correcciones ningún alumno/a podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación y a la escolaridad obligatoria, no atentarán a su integridad física ni a su dignidad personal, tendrán en cuenta su edad y sus circunstancias personales, familiares o sociales. 

El alumnado que, individual o colectivamente, cause daños de forma intencionada o por negligencia en las instalaciones del Centro o su material quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente, el  alumnado que sustraiga bienes del Centro deberá sustituir lo sustraído. En todo caso, las familias o representantes legales serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes. 

La falta a clase de modo reiterativo puede imposibilitar la aplicación de la evaluación continua. Las familias velarán por la asistencia diaria al Colegio. 

A efectos de la graduación de las correcciones, se considerarán circunstancias paliativas: el reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta y la falta de intencionalidad. Circunstancias acentuantes serán: la premeditación y la reiteración; causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los recién incorporados al Centro; o cuando atente a la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas y psíquicas. 

Podrán corregirse los actos contrarios a las Normas realizados por el alumnado en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares. Para otras situaciones, el Centro se reserva el derecho a intervenir cuando afecte a la vida escolar o a cualquier miembro de la comunidad educativa. 

14.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 

Podrán ser corregidas con las siguientes medidas y es competencia de: 

  1. Amonestación privada o por escrito. Cualquier docente del Centro. 
  1. Comparecencia inmediata ante Jefatura de Estudios. Cualquier docente del Centro. 
  1. Realización de trabajos específicos en horario no lectivo. El Tutor/a y la Jefatura de Estudios. 
  1. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, al material o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. El Tutor/a  y la Jefatura de Estudios. 
  1. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias. La Jefatura de Estudios. 
  1. Cambio del grupo del alumno/a por un plazo máximo de una semana. La Jefatura de Estudios. 
  1. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o al Centro por un plazo máximo de tres días (durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo). La Dirección y el Consejo Escolar. 

15.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO 

Es preceptivo para estas conductas la previa instrucción de un expediente que acuerde la Dirección del Centro o a propuesta del Consejo Escolar (ver artículos 54, 55 y 56 del R.D. 732/1995, de 5 de mayo). 

Se consideran conductas gravemente perjudiciales: 

  1. Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa. 
  1. La reiteración, en un mismo Curso Escolar, de conductas contrarias a las normas recogidas en el anterior apartado 14. 
  1. La agresión grave, física o moral, contra los demás miembros de la comunidad educativa, o la discriminación grave por cualesquiera de las razones explicitadas. 
  1. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos. 
  1. Los daños graves causados por uso indebido o intencionadamente en los locales, material o documentos del Centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa. 
  1. Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del Centro. 
  1. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, o la incitación a las mismas. 
  1. El incumplimiento de las sanciones impuestas. 

Las conductas enumeradas anteriormente podrán ser corregidas con: 

  1. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o el material del Centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Estas tareas deberán realizarse en horario no lectivo. 
  1. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del Centro. 
  1. Cambio de grupo. 
  1. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a cinco días e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. 
  1. Suspensión del derecho de asistencia al Centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. 
  1. Cambio de Centro. 

16.- PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 

16.1.- Ámbito de aplicación. 

La mediación escolar es un método de resolución de conflictos en el que, mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio. 

El proceso de mediación puede utilizarse como estrategia preventiva en la gestión de conflictos entre miembros de la comunidad educativa, se deriven o no de conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro. 

No se podrá ofrecer la mediación cuando, en el mismo Curso Escolar, se haya utilizado el proceso de mediación en la gestión de dos conflictos con el mismo alumno/a, siempre que los resultados de los procesos hayan sido negativos. 

Se puede ofrecer la mediación como estrategia de reparación o de reconciliación una vez aplicada la medida correctora, a fin de restablecer la confianza entre las personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir. 

16.2.- Principios de la mediación escolar. 

  1. La libertad y la voluntariedad de las personas implicadas en el conflicto para acogerse o no a la mediación y para desistir de ella en cualquier momento del proceso. 
  1. La actuación imparcial de la persona mediadora para ayudar a las personas implicadas a que alcancen un acuerdo sin imponer soluciones ni medidas. Para garantizar este principio, la persona mediadora no puede tener ninguna relación directa con los hechos ni con las personas que han originado el conflicto. 
  1. El compromiso de mantenimiento de la confidencialidad del proceso de mediación, salvo los casos que determine la normativa. 
  1. El carácter personal que tiene el proceso de mediación, sin que pueda existir la posibilidad de sustituir a las personas implicadas por representantes o intermediarios. 
  1. La práctica de la mediación como herramienta educativa para que se adquiera, desde la práctica, el hábito de la solución pacífica de los conflictos. 

16.3.- Proceso de mediación. 

  1. El proceso de mediación, que interrumpe cualquier otro procedimiento administrativo del Centro abierto al alumno/a con el mismo objeto, se puede iniciar a instancias de cualquier miembro de la comunidad educativa, ya se trate de parte interesada o de una tercera persona, siempre que las partes en conflicto lo acepten voluntariamente. Dicha aceptación exige que estas asuman, ante la Jefatura de Estudios, el compromiso de cumplir el acuerdo al que se llegue. 
  1. Las personas mediadoras deberán ser propuestas por la Jefatura de Estudios de entre los miembros de la comunidad educativa, siempre que dispongan de formación adecuada para conducir el proceso de mediación. 
  1. Las personas mediadoras deberán convocar un encuentro de las personas implicadas en el conflicto para concretar el acuerdo de mediación con los pactos de conciliación y/o reparación a que quieran llegar. 
  1. Si el proceso de mediación se interrumpe o finaliza sin acuerdo, o si se incumplen los pactos de reparación, la persona mediadora debe comunicar estas circunstancias a la Jefatura de Estudios para que actúe en consecuencia. 
  1. Este Centro utilizará el proceso de mediación desarrollándose según los cuatro puntos anteriores. 

16.4.- Equipos de mediación. 

En el Centro se podrán crear equipos de mediación o de tratamiento de conflictos para realizar las tareas establecidas de mediación de forma voluntaria o, en su caso, designados por la Dirección a propuesta de la Jefatura de Estudios. 

Estas personas recibirán formación específica para dicha tarea. 

16.5.- Los Tutores Afectivos. 

Los Tutores/as Afectivos serán docentes del Centro que no sean Tutores/as de ningún grupo de alumnos y que tutorizarán a aquel alumnado del Centro para que, desde una perspectiva psicológica y afectiva, traten de mejorar las conductas del alumnado, favorezcan la resolución de los conflictos y contribuyan de esa manera a que la convivencia en el Centro sea más llevadera. 

Se regirán por los siguientes objetivos: 

  1. Lograr establecer una relación de empatía con el alumno/a para poder indagar sobre su entorno afectivo, haciéndole reflexionar sobre sí mismo. 
  1. Hacer desaparecer en el alumno/a tutorizado las conductas disruptivas en el aula y en el Centro. 
  1. Proceder a su normalización curricular: ayudar al alumno/a a que logre alcanzar los objetivos propuestos en las distintas áreas. 

El Tutor/a Afectivo debe intentar que su alumnado tutorizado: 

  1. Aprenda a gestionar las emociones de manera que les permita conseguir mejores niveles de desarrollo personal y social. 
  1. Desarrolle el autoconocimiento, autoestima y autonomía personal para regular su propio comportamiento. 
  1. Desarrolle la capacidad de relacionarse consigo mismo y con los otros de manera satisfactoria. 
  1. Desarrolle la sensibilidad respecto a las necesidades de los otros. 
  1. Genere respuestas efectivas delante de situaciones adversas, proporcionándoles estrategias de resolución de probables conflictos. 

Las presentes Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Colegio ENRIQUE SOLER, siguiendo el proceso de elaboración suscrito en el apartado 4.1.1. de las mismas, fueron aprobadas en reunión del Consejo Escolar del Centro con fecha trece de diciembre de dos mil veintidós. 

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